¿Cuáles son las actividades que estarán detenidas hasta el 30 de abril?

Ante las dudas de empresarios sobre si la actividad de sus negocios es esencial o no, se dará atención particular.

Redacción / La Voz de Michoacán

Ciudad de México. Esta mañana el subsecretario de Salud, Hugo López Gatell, puntualizó cuáles son las actividades esenciales que no pueden parar en la contingencia, y por ende cuáles serían las que se detendrán.

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Será hasta el 30 de abril que actividades NO ESENCIALES deberán parar con la finalidad de que la gente se quede en sus casas.

López Gatell precisó que las actividades esenciales, que van a seguir, son:

A. Aquellas necesarias para atender la contingencia sanitaria, es decir, las que engloba la rama médica, desde lo operativo hasta lo administrativo.

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B. También se consideran actividades esenciales las de seguridad, impartición de justicia y la actividad legislativa.

C. El sector financiero, de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolina y gas, también se considera esencial la actividad para el servicio de agua potable, la industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados, también se contemplan servicios de transportes de pasajeros y de carga, la producción agrícola, pesquera y pecuaria; así como la agroindustria, la industria química y los productos de limpieza; las ferreterías, los servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada, guarderías, asilos, estancias para dultos mayores, refugios, centros de atención de la violencia a las mujeres, telecomunicaciones, servicios de emergencias, funerarias; seguirán activos los aeropuertos, ferrocarriles, y actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.

D. Tareas para realizar programas públicos (aunque habrá personal reducido en oficinas accesorias)

E. Labores para mantener la infraestructura y funcionamiento de los servicios básicos (agua, energía, gas petroleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel).

Todas aquellas que no entren en la lista anterior, deberán detenerse.

López Gatell también detalló cuáles son las medidas acordadas el día de ayer por el gobierno federal.

Mientras que las medidas establecidas por el Gobierno Federal, ante la declaración de emergencia sanitaria, son las siguientes:

• Suspensión de 30 marzo al 30 de abril actividades no esenciales de los sectores público, privado y social.
• No se realizarán reuniones o asambleas de más de 50 personas.
• Cumplir el resguardo domiciliario, limitación voluntaria de movilidad, que se aplica de manera estricta a personas mayores de 60 o con enfermedades que los vuelven vulnerables al COVID-19.
• El personal esencial de interés público podrá ir de manera voluntaria a trabajar.
• Una vez que pase la contingencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en coordinación con la Secretaría de Economía, darán la pauta para que las actividades regresen a su normalidad de manera escalonada.
• Postergar hasta nuevo aviso los censos y encuestas.
• Todas las medidas se tienen que respetar con debido apego a los derechos humanos.