Notimex/La Voz de Michoacán Ciudad de México. El Consejo General del INE aprobó la aplicación de multas por 14.9 millones de pesos a aspirantes a candidatos a puestos de elección locales y partidos políticos, por irregularidades en la operación de recursos en el desarrollo de las precampañas del Proceso Electoral 2017-2018. Al presentar el proyecto de acuerdo en sesión extraordinaria, el consejero Ciro Murayama expuso que como parte de las responsabilidades de fiscalización del INE este miércoles concluyó la revisión de los informes de precampaña de ingresos y gastos del Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018. También del periodo de obtención de apoyo ciudadano a diversos cargos de elección popular también a nivel local. Informó que los ingresos reportados por los sujetos obligados ascendieron a 19.8 millones de pesos y los gastos a 19.6, y en total se reportaron más de 81 mil operaciones en el Sistema Integral de Fiscalización que fueron revisadas por la Unidad Técnica de Fiscalización. Indicó que de la revisión de las operaciones cargadas por los aspirantes a candidatos y partidos políticos se detectaron irregularidades que involucran 13.4 millones de pesos y sanciones que ascienden a 14 millones 900 mil pesos. Exhortó a los actores políticos a que ahora que han empezado las campañas reporten con oportunidad tanto los ingresos como los gastos debidamente desglosados, a fin de que se cumpla cabalmente con la obligación de rendición de cuentas y se eviten penalizaciones por parte de la autoridad. Estamos a tiempo de tener las campañas con mayor transparencia por parte de los actores políticos, creo que ese puede ser un propósito que nos convoque a todos”, dijo. Señaló que en total se fiscalizaron a seis mil 170 precandidatos de partidos políticos a nivel local en 28 entidades federativas en los dictámenes que están a consideración del Consejo, y en los mismos se incluye también a 11 aspirantes a candidaturas independientes de ocho entidades federativas. Recordó que los Tribunales Electorales, en distintos casos, ampliaron el periodo de recolección de apoyo ciudadano, y eso llevó a cierto desfase, pero aun así el calendario original de fiscalización fue en todos los casos modificado por el Consejo. Los partidos políticos nacionales registraron cinco mil 805 precandidatos, mientras que los partidos políticos locales registraron 365 precandidatos, y los aspirantes a candidaturas independientes se distribuyen de la siguiente manera: cuatro aspirantes a diputados locales en la Ciudad de México, Colima, Guanajuato y Estado de México, respectivamente. Además cinco aspirantes a presidencia municipal en entidades como Chiapas, Guanajuato, Estado de México, Michoacán y Sonora; un aspirante más a ayuntamiento en Guanajuato; y otro a primer concejal de ayuntamiento en Oaxaca. Destacó que la conducta con mayor número de incidencias fue el informe extemporáneo de eventos, lo que genera sanciones que ascienden a casi ocho millones de pesos. Las otras dos conductas que causaron mayor número de observaciones por parte de esta autoridad fueron los egresos no reportados, lo cual acumula dos millones 700 mil pesos en sanciones, así como la entrega extemporánea del informe de ingresos y gastos, que se sanciona con multas por dos millones 100 mil pesos. En cuanto a los partidos políticos los más sancionados fueron el de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano, que en su conjunto acumulan el 70 por ciento del monto de las sanciones. En tercer lugar el Partido Revolucionario Institucional (PRI), que suma el 12 por ciento de los montos de las sanciones derivadas de la fiscalización de las precampañas locales. Finalmente, de los 11 aspirantes a candidaturas independientes dictaminados tres fueron del todo omisos en la entrega del informe de ingresos y gastos; uno de ellos Felipe Augusto Acosta Miranda, aspirante a diputado local en Colima. Los otros son Ricardo González Melecio, aspirante a un Ayuntamiento en Guanajuato, y María Esther García Miravete, aspirante a diputado local en el Estado de México. Para esos tres aspirantes se propone, como ha sido el caso a lo largo de la fiscalización de estas precampañas, sancionar con la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos en el presente proceso electoral. En esta sesión extraordinaria de Consejo General también se aprobó el acuerdo para establecer los mecanismos de asignación de escaños de representación proporcional o plurinominales para la Cámara de Diputados y para el Senado. En su oportunidad el consejero Benito Nacif afirmó que con estos acuerdos el Consejo General del INE da certeza sobre el mecanismo que se aplicará para la designación de los representantes que se elegirán por el principio de representación proporcional en las dos Cámaras del Congreso de la Unión. Explicó que en México el sistema electoral es mixto, es decir se emplean simultáneamente dos principios para asignar los asientos en disputa en el principio de mayoría, que son los votados, y el principio de representación proporcional. Para la Cámara de Diputados se eligen 300 diputados por el principio de mayoría relativa y 200 por el principio de representación proporcional, de manera que el 60 por ciento de sus integrantes se eligen en el sistema mayoritario. En el caso del Senado de sus 128 integrantes 64 se eligen en las urnas, por el principio de mayoría relativa, en una fórmula de dos candidatos por entidad federativa, 32 son asignados a la primera minoría y los 32 senadores restantes son elegidos por el principio de representación proporcional. Benito Nacif explicó que el acuerdo toma en cuenta los precedentes sentados en la Sala Superior del TEPJF después de la elección ordinaria del 2015, y los aplica de manera fiel, y con esos precedentes el resultado de la elección ordinaria es el que se utiliza para la asignación de curules de representación proporcional. En caso que se llegase anular la elección en uno o más distritos se tendrán que celebrar elecciones extraordinarias, lo que decidió la Sala Superior, y el precedente de las elecciones de 2015 fue que el resultado de esa elección extraordinaria se agregara a los votos obtenidos en la elección ordinaria para determinar si un partido político tenía o no el umbral de votos necesarios para conservar su registro. “Ese precedente, en caso de que llegara a haber elecciones extraordinarias, se aplicará en su momento, pero no afectará el reparto de curules por el principio de representación proporcional, porque ese se hace con los resultados definitivos de la elección ordinaria”, explicó. Finalmente se rechazó el proyecto de resolución con relación al procedimiento de remoción de consejeros electorales, con base en una queja que presentó Morena, porque para realizar una estadística utilizaron información de la Lista Nominal. La queja se interpuso en contra de la consejera presidenta del instituto de Quintana Roo, Mayra San Román Carrillo Medina, la consejera Thalía Hernández Robledo, y los consejeros Juan Manuel Pérez Alpuche y Jorge Armando Poot Pech.