Redacción / La Voz de Michoacán Ciudad de México. Al analizar la constitucionalidad del artículo 187 del Código Penal de San Luis Potosí, el cual tipifica y sanciona el llamado ciberacoso cometido en contra de las mujeres, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció a favor de perseguir y castigar dicho delito. Durante su participación en la sesión pública del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), destacó que los informes de la Relatora Especial de Violencia contra las Mujeres de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) muestran que este tipo de conductas de violencia contra la mujer, facilitadas por las tecnologías de la información, causan un alto grado de daño psicológico a las víctimas debido a su magnitud y recurrencia, quienes experimentan depresión, ansiedad, miedo, y en algunos casos, hasta tendencias suicidas. De igual forma, dijo, las víctimas sufren de la amenaza constante de utilización de imágenes o videos sexualmente explícitos que se publican en sitios especializados de prostitución junto con publicidad que revela, incluso, datos privados. La ministra del máximo tribunal del país destacó también que la Ley Olimpia visibiliza, previene, y castiga la violencia en línea. Dicha ley llamada así, explicó, es en honor a su creadora, Olimpia Coral Melo, una activista que después de la difusión en internet de un video sexual que ella no autorizó, vivió los estragos de la violación a su intimidad sexual, la revictimización por parte de autoridades y el nulo acceso a la justicia por la ausencia del delito. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la ministra Esquivel Mossa precisó que en México este tipo de delitos en mayor nivel afecta a las mujeres, pues entre julio de 2018 y agosto de 2019, de las 17 millones 700 mil personas víctimas de ciberacoso, 9 millones 400 mil fueron mujeres. Por lo que consideró que si bien se invalidaba la sanción pecuniaria, conforme a precedentes sobre la inconstitucionalidad de las multas fijas, lo cierto es que continúa subsistiendo la sanción penal en este tipo de delitos, que calificó como graves, y que mayoritariamente cometidos en agravio de las mujeres.