Por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN) los matrimonios entre personas del mismo sexo en Chiapas son una realidad sin necesidad de tramitar un amparo. Los ministros invalidaron dos artículos del Código Civil de Chiapas que establecían que el matrimonio debe celebrarse entre un hombre y una mujer y que el mismo debía tener como fin la perpetuación de la especie. En consecuencia, por mayoría de votos los integrantes del Pleno del Máximo Tribunal del país establecieron que se debe interpretar que el matrimonio en Chiapas puede celebrarse entre dos personas de diferente o igual sexo. Chiapas se convierte con esto en el tercer estado en el que por una acción de inconstitucionalidad, la SCJN deja la puerta abierta para la celebración de los matrimonios entre personas del mismo sexo. En las entidades en las que esta posibilidad aún no existe en la legislación, las parejas gay puede contraer nupcias mediante la tramitación de amparos en los que invocan la jurisprudencia emitida por la Corte en julio de 2015 que establece que cualquier ley que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional.