El Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, notificó a Joaquín Guzmán Loera de la solicitud de extradición internacional por Estados Unidos. El narcotraficante tiene como plazo tres días para oponer sus excepciones y 20 para probar sus argumentos, informó en un comunicado el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Con relación al procedimiento de extradición 3/2001, detalló que la Procuraduría General de la República (PGR) cuenta con varias solicitudes de extradición internacional contra Guzmán Loera. Uno de los oficios con fecha de 16 de febrero de 2001, el entonces subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales, en suplencia por ausencia del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), solicitó la detención provisional con fines de extradición internacional del reclamado. Al día siguiente, el juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal ordenó la detención provisional con fines de extradición internacional de esa persona. El 29 de julio de 2015, la PGR recibió otro oficio de solicitud emitido por la directora general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). En ella había una nota diplomática de fecha 16 de junio de 2015, suscrita por la ministra consejera de la embajada de Estados Unidos en México, con la petición formal con fines de extradición internacional de “El Chapo Guzmán”. Lo anterior en virtud de estar sujeto al Cuarto Proceso Superveniente CR 95-0973-B (también referido con los numerales de causa 95-973-B, 95-0973-B y 95-1911M), presentado el 23 de agosto de 1996 ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de California, Estados Unidos. En estos procesos se acusa a Guzmán Loera de asociación delictuosa para importar y poseer cocaína con la intención de distribuir, de acuerdo a las leyes penales de Estados Unidos; por ello el 4 de agosto de 1995, la referida corte libró una orden de aprehensión en su contra. El 29 de julio de 2015, el Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal ordenó nuevamente la detención formal con fines de extradición del narcotraficante. Policías federales ministeriales adscritos a la Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol, de la Agencia de Investigación Criminal de la PGR, las vísperas dieron cumplimiento a la orden de detención formal con fines de extradición. Con ella dejaron al reclamado interno en el Centro Federal de Readaptación Social 1 “Altiplano”, con sede en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México. Al estar el extraditable interno en un centro penal fuera de la jurisdicción territorial de este juzgado de Distrito, y con fundamento en los artículos 46 y 49 del Código Federal de Procedimientos Penales, se libró un exhorto al juez de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, en turno. El propósito es que el juzgador en el territorio mexiquense desahogue la audiencia que refiere el Artículo 24 de la Ley de Extradición Internacional, en la que deberá hacerse del conocimiento del reclamado el contenido de la petición formal, el plazo de tres días para oponer excepciones y el diverso de 20 días para probarlas. De conformidad con el Artículo 156 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se comisionó al actuario judicial de la adscripción para entregar la comunicación oficial de que se habla, en la Oficialía de Partes común de los juzgados de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México, en Toluca.