Redacción / La Voz de Michoacán Morelia, Michoacán. La tarde de este miércoles, la Primera Sala dela Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la penalización del aborto, incluida en el Código Penal Federal. A través de redes sociales, la Corte explicó que la razón es porque viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. “La Primera Sala de #LaCorte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”. https://twitter.com/SCJN/status/1699511329558581595?s=20 El Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE), organización feminista que trabaja para que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar puedan ejercer sus derechos reproductivos, que presentó el amparo ante la SCJN, celebró la decisión al destacar que “todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en IMSS, ISSSTE, Pemex y cualquier institución federal de salud. “¡Increíble! Con esta decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación las instituciones federales de salud de todo el país tendrán que brindar el servicio de aborto a las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten”. https://twitter.com/GIRE_mx/status/1699500459659075975?s=20 De esta manera, el Congreso de la Unión deberá eliminar el delito de aborto en el Código Penal Federal y todos los jueces locales y federales tendrán que acatar la resolución. En el país, las entidades en donde hasta ahora se había despenalizado el aborto son la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo y Aguascalientes.