Peña Nieto promulga la Ley Federal de Telecomunicaciones

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El presidente Enrique Peña Nieto promulgó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, luego de que concluyera la semana pasada el proceso legislativo correspondiente en el Congreso de la Unión.

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En el acto realizado en el Patio de Honor de Palacio Nacional, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza ofreció un discurso previo a que el presidente peña Nieto promulgara la legislación, en el cual destacó que la legislación dará oportunidad a muchos mexicanos y mexicanas de ser incluidos en uno de los avances tecnológicos más importantes de la humanidad.

Algunos de los puntos destacados en esta ley, que debió estar aprobada en diciembre pasado, son:
-La eliminación del cobro de Larga Distancia Nacional a partir de enero de 2015
-En prepago la consulta de saldo será gratuita y el saldo tendrá vigencia de un año y no dos meses
-El desbloqueo se hará en un plazo de 24 horas.

Esta legislación surge a partir de la reforma constitucional aprobada en junio de 2013, que busca garantizar la competencia efectiva e incrementar la cobertura de servicios como la banda ancha, televisión y telefonía, con mejores precios y mayor calidad para los mexicanos.

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La nueva legislación suple a la actual Ley Federal de Telecomunicaciones, publicada en 1995 y a la de Radio y Televisión promulgada en 1960, para dar paso a un nuevo marco convergente.

Una vez que entre en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los usuarios del servicio de telefonía móvil podrán ejercer su derecho a la portabilidad en sólo 24 horas a partir de que se presenta la solicitud, un trámite que en la actualidad puede tardar hasta 10 días.

También, a partir del 1 de enero del próximo año, las llamadas desde un teléfono fijo o móvil se cobrarán como llamadas nacionales, es decir, se dejará de pagar el costo extra por la larga distancia nacional, lo cual representará un ahorro de alrededor de 20 mil millones de pesos al año.

La nueva ley obliga a los operadores de telefonía móvil a incluir dentro de su oferta comercial, planes y tarifas el cobro por segundo sin perjudicar otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, capacidad o cualquier otra modalidad.

Además, en el caso de que el servicio presente fallas o cargos indebidos, las empresas tendrán la obligación de realizar bonificaciones o descuentos en sus tarifas, en tanto que los usuarios de prepago podrán conservar su saldo hasta por un año, y ningún operador deberá cobrar por la consulta de éste.

La nueva ley establece que dentro de los 30 días naturales posteriores a su entrada en vigor, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) deberá iniciar los procedimientos de investigación que correspondan para determinar la existencia de agentes económicos con poder sustancial en cualquiera de los mercados relevantes de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

En materia de contenidos, se crea la figura del defensor de la audiencia, el cual será el responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de los televidentes.

Asimismo, establece que el órgano regulador deberá realizar los estudios correspondientes para analizar si resulta necesario establecer mecanismos que promuevan e incentiven a los concesionarios de televisión a incluir una barra programática dirigida al público infantil.

Ello, señala, dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la nueva ley, con el fin de promover la cultura, el deporte, la conservación del medio ambiente, el respeto a los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación.