Agencias/La Voz de Michoacán. México, 27 Jun.- El Ministerio Público Federal solicitó a la titular del Juzgado 5 de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, Olga Sánchez Contreras, el embargo precautorio de bienes del ex gobernador de Tabasco, Andrés Granier Melo, para garantizar la reparación del daño que presuntamente cometió por el delito de defraudación fiscal. Durante la audiencia de declaración preparatoria se informó al ex mandatario estatal que el delito del que se le acusa es defraudación fiscal del ejercicio 2009 por dos millones 552 mil 207 pesos. Al respecto, el ex gobernador se reservó su derecho a declarar. Durante la audiencia se le informó a Granier Melo que en el referido ejercicio fiscal declaró ingresos por dos millones 552 mil 207 pesos, sin embargo peritajes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como de la propia PGR señalaron que sus ingresos fueron de 10 millones 357 mil 979. Según la acusación establecida en la causa penal correspondiente, no se pagaron al fisco dos millones 156 mil 489 pesos por los ingresos obtenidos durante el Ejercicio fiscal 2009, según la querella presentada mediante un oficio de la SHCP. El Ministerio Público federal solicitó a la jueza de distrito tener como coadyuvante, en calidad de víctima, a la Secretaría de Hacienda, por medio de Víctor Manuel Martínez Contreras, solicitud que fue aprobada por la impartidora de justicia. Asimismo el Ministerio Público y su coadyuvante solicitaron a la jueza, además del embargo precautorio, que aceptara una actualización de la defraudación fiscal en la que presuntamente incurrió Granier Melo. Sin embargo, el abogado defensor del ex gobernador de Tabasco, Eduardo Luengo Creel, solicitó a la jueza rechazar las solicitudes del Ministerio Público en cuanto al embargo precautorio de bienes de su defendido, así como de la actualización de la presunta defraudación fiscal. En este caso, la titular del Juzgado 5 quien conoce del caso por exhorto del juez cuarto de Distrito en Villahermosa, Tabasco, determinó que ambas solicitudes serán resueltas mediante un acuerdo diferente a la audiencia preparatoria.