México, El Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado presentó un paquete de iniciativas para reglamentar el Sistema Nacional Anticorrupción que comprende dos nuevas normas, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Así como dos nuevas leyes de carácter federal: la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a efecto de crear una Secretaría del Control Interno. De acuerdo con la propuesta perredista, que está publicada en la Gaceta del Senado, se considera la propuesta denominada Tres de Tres para crear un Registro Nacional de los Servidores Públicos con la finalidad de llevar un seguimiento público de las declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal de los servidores públicos. También se incluye la figura de los informantes conocidos como “whistleblowers” que, bajo candados de protección, podrán utilizar información reservada o protegida extraída ilegalmente por el denunciante, que sólo podrá ser usada por las autoridades para investigaciones de casos de corrupción. “La legislación, determina que el Sistema otorgará las garantías y medidas de protección básicas a la persona que realice la denuncia o queja, a los testigos o a personas que sin tener esa calidad aporten información contundente en la investigación y a los terceros perjudicados, todo esto mediante un Programa de Protección de Denunciantes, Informantes y Testigos”. La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que se considerara como las faltas administrativas o hechos de corrupción, que los secretarios de Estado, Diputados y Senadores o Diputados locales que hayan incurrido en un beneficio patrimonial que provenga de personas que hayan celebrado contratos de obra pública o prestación de servicios con cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. También serán objeto de una sanción los servidores que obtengan bienes muebles o inmuebles, al contado o mediante crédito, en condiciones notoriamente favorables o precio notoriamente inferior al que prima en el mercado, independientemente de quién sea el otorgante.