¿Prescriben los fondos para el retiro de IMSS e ISSSTE? Esto dice el Gobierno de México

Cuando las cuentas no son reclamadas después de 10 años, esto pasa con los recursos que tienen en custodia ambos institutos.

Juan Carlos Huante / La Voz de Michoacán

Morelia, Michoacán. En el marco de la polémica de la presunta expropiación, por parte del gobierno federal, de los ahorros para el retiro de los trabajadores si no son reclamados después de 10 años, los directores del IMSS e ISSSTE explicaron lo que actualmente establece la ley al respecto.

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Zoé Robledo, director del Instituto Mexicano del Seguro Social, enfatizó que las cuentas no reclamadas y en custodia del instituto ya son imprescriptibles; esto, después de la reforma de 2020, la cual estableció que una persona que no reclama, por cualquier razón, su cuenta, ya no tiene que acudir al Poder Judicial para reclamarla, pues las Afores deben regresar ese dinero al Seguro Social y éste lo guarda para devolverlo al trabajador que así lo requiera.

Detalló que lo anterior ya ocurrió con 382 cuentas que fueron reclamadas y los recursos se devolvieron a sus propietarios.

“La reserva de 2020 justo lo que buscó, que siempre debió ser así, es que las cuentas fueran imprescriptibles, de hecho la Corte declaró que era inconstitucional que las cuentas se perdieran y se quedaran en las Afores”, puntualizó el director del IMSS.

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El funcionario federal recalcó que si alguien reclama después, aunque sean 10 años, se les debe regresar el dinero en un mecanismo de traspaso Afore-IMSS e IMSS-trabajador.

Dio a conocer que desde la reforma de 2020, el número de cuentas no reclamadas y que ya han sido devueltas al Seguro Social asciende a 259 mil, por un monto de 946 millones de pesos. Pero la Afores aún debían regresar 34 mil millones de pesos, destacó.

Zoé Robledo también aclaró que en el dictamen que se discutió y se votó en la Comisión de Seguridad Social, establece que la medida de disponer de los recursos de las Afores no es aplicable para las personas que siguen trabajando después de los70 años y mantienen una relación laboral activa ante el IMSS.

¿Y EN EL ISSSTE?

Por su parte, la directora general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) Bertha Alcalde Luján, reconoció que actualmente, con la vigencia de la ley aprobada en 2007, los recursos de la cuenta para el retiro sí prescriben después de 10 años que sean exigibles.

“Hoy la ley del ISSSTE –no del IMSS, porque la ley de este instituto se reformó en 2020– aún no se ha reformado. La ley hoy en día establece que prescriben los fondos después de 10 años”.

Bertha Alcalde ponderó que la actual reforma que se propone busca cambiar lo anterior y “establecer, de manera literal, en el caso del ISSSTE, que estos fondos nunca prescriben, que el trabajador siempre va a tener derecho a reclamarlos”.