El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que los procesos electorales celebrados bajo los sistemas normativos indígenas, en Oaxaca, deben garantizar la participación de las mujeres en condiciones de igualdad con respecto a los hombres. Mediante la emisión de la Jurisprudencia 48/20124, estableció un criterio obligatorio, cuyo objetivo principal es garantizar que las mujeres ejerzan su derecho a votar y ser votadas. En un comunicado, indicó que de ser necesario, en las elecciones que se rijan por el Derecho Consuetudinario, el órgano administrativo electoral estatal deberá organizar campañas para informar y establecer un diálogo abierto, incluyente y plural con los integrantes de las comunidades indígenas, respecto de los derechos político-electorales de las mujeres. El diálogo tendrá como propósito que la participación de la mujer en las actividades electorales de la comunidad a la que pertenecen se realice en condiciones de igualdad sustantiva, agregó. Por otra parte, emitió la Tesis XLI/2014, con la cual se establece que los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a la libre determinación y a la autonomía para elegir a sus representantes, conforme a sus sistemas normativos internos, siempre que sean acordes con la Constitución y no violen los derechos fundamentales.