El Universal / La Voz de Michoacán Ciudad de México. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió la norma oficial mexicana relativa al transporte de mascotas en avión, la cual permite sólo el transporte de animales de servicio, incluyendo perros lazarillos y animales de apoyo emocional, en la cabina de pasajeros. Los animales de servicio, incluyendo perros lazarillos y animales de apoyo emocional, serán aceptados por los concesionarios y permisionarios, sin cargo alguno", indica la norma publicada en el Diario Oficial. La NOM 121 establece que las especies braquicéfalas de perros y gatos (razas de cabeza ancha y una nariz reducida) no podrán viajar en la cabina de pasajeros, debido a que pueden desarrollar el síndrome respiratorio que les impide respirar normalmente o la incapacidad de regular su temperatura corporal, lo que puede provocar la muerte súbita del animal. Entre las especies braquicéfalas están el bulldog inglés y francés, bóxer, boston terrier, pug, pequinés, shih tzu y lhasa apso. Tampoco podrán ser trasladados en la cabina los animales potencialmente peligrosos o que por su naturaleza representen peligro para la tripulación y los pasajeros. La norma también indica que el manejo de animales domésticos y de servicio a bordo de las aeronaves, se realizará con trato humanitario y por ningún motivo deberán ser sedados. Tampoco se aceptarán para el transporte aéreo animales infectados, ya sea vivos o muertos. Las mascotas que viajen en el compartimiento de carga del avión deberán cumplir con los principios que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil: Deberán viajar en su contenedor y contar con un certificado de salud y vacunación válidos y vigentes. El animal viajará en el mismo vuelo del dueño y en su contenedor que deberá llevar (proporcionado por su dueño) material absorbente para sus defecaciones, alimento y agua necesarios para el trayecto de que se trate. La mascota deberá poder pararse y moverse dentro de la jaula. No se permitirá la movilización de dos mascotas en la misma jaula. Se deberá presentar la documentación vigente requerida y expedida por un médico veterinario en original y copia, junto con la carta responsiva en mostrador. Y el contenedor deberá cumplir con las dimensiones establecidas por la SCT.