Agencias / La Voz de Michoacán. El Senado de la República realizó la declaratoria constitucional de la reforma a la fracción XXI del Artículo 73 Constitucional en materia de legislación procesal penal única, que faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes generales con tipos penales mínimos en materias de trata de personas y secuestro. Luego de recibir una comunicación de la Cámara de Diputados por la cual 19 congresos estatales dieron su aval para modificar dicho artículo, el presidente de la Mesa Directiva, Raúl Cervantes Andrade, realizó en la sesión de este jueves dicha declaratoria y la turnó al Ejecutivo Federal para su publicación. Previamente, se informó de la recepción de los votos aprobatorios de los congresos de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Estado de México, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. Dicha reforma, que se prevé entre en vigor en breve, establece que el Congreso tiene facultad para expedir leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo los tipos penales y sus sanciones. "Las leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios", se añade. La legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en materia de delincuencia organizada. Asimismo se señala que las autoridades federales podrán conocer de los delitos del fuero común cuando éstos tengan conexidad con actos ilícitos del orden federal o contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.