Suprema Corte declara inválida norma de Aguascalientes sobre arraigo

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

La Voz de Michoacán. Las últimas noticias, hoy.

Agencias / La Voz de Michoacán.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 291 del Código Penal de Aguascalientes, que permitía arraigar a personas imputadas de delitos graves y perseguidos por la justicia de la entidad.

Por votación mayoritaria de ocho votos a favor y dos en contra, los ministros confirmaron que los estados no son competentes para legislar sobre el arraigo y confirmaron que, de acuerdo con el marco legal vigente, sólo puede hacerlo el Congreso de la Unión y circunscrito a delitos vinculados con delincuencia organizada.

PUBLICIDAD

Los ministros comenzaron a debatir sobre los efectos de su resolución, pero no llegaron todavía a un consenso mayoritario debido a las complejidades y derivaciones del tema, como la anulación de las pruebas obtenidas durante el arraigo.

Sobre ese punto, la propuesta del ministro ponente es que una vez declarada la invalidez de la norma, se deje a los jueces que determinen el efecto de la declaración de invalidez en los respectivos procesos penales, en función de cada caso en particular.

PUBLICIDAD