Guadalupe Martínez / La Voz de Michoacán. Pichátaro, Michoacán.- Tras un reconocimiento a los pueblos y comunidades indígenas para proveer de recursos económicos de manera autónoma, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió el fallo a favor de San Francisco Pichátaro en el municipio de Tingambato a fin de que los habitantes sean quienes ejerzan los presupuestos que llegan a la cabecera municipal. Mediante una sesión cuatro magistrados emitieron su voto en contra y sólo uno fue en contra sobre el juicio SUP-JDC-1865/2015 promovido por habitantes de dicha comunidad indígena para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, en el cual, el máximo órgano reconoció su derecho a administrar directamente la parte proporcional de los recursos públicos que se destinan al municipio, esto, como parte de su derecho a la libre determinación. En un comunicado, se dio cuenta de que el TEPJF ordenó al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) a fin de que en colaboración con las autoridades municipales y comunitarias, organice la consulta previa e informada a la comunidad antes mencionada con la transferencia de responsabilidades respecto a su derecho a la administración directa de los recursos económicos que le corresponden. Es preciso recordar que 2015, la comunidad en conjunto con el Colectivo Emancipaciones, promovió dicho recurso judicial tras décadas de sufrir la “discriminación de las autoridades del municipio de Tingambato”, quienes a decir de los interesados, nunca han hecho una distribución equitativa y transparente del erario público que corresponde a Pichátaro, la tenencia de mayor población indígena en el municipio. Asimismo, los magistrados vincularon al Ayuntamiento de Tingambato para que en caso de que la consulta en dado caso de que resulte “favorable” se adopten las acciones necesarias para garantizar que la comunidad actora administre directamente los recursos presupuestales que le corresponden, al tomar en cuenta sus prioridades y estrategias definidas por la propia comunidad en el ejercicio pleno de sus derechos al autogobierno y desarrollo social. También, se señaló, que los habitantes tienen el derecho de la propia administración de los programas respectivos mediante sus instituciones políticas y económicas en una lógica de progresividad. Para más información consulte la edición impresa de este 20 de mayo